¡Covid-19 ya cuenta como riesgo de trabajo! Puedes tramitar tu incapacidad

Covid-19 riesgo de trabajo

La pandemia que estamos experimentando ha traído grandes cambios en nuestro día a día, especialmente en material de salida, ya que recientemente se declaro Covid-19 riesgo de trabajo; lo que significa que podrás tramitar tu incapacidad de trabajo.


El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha decidido que, para poder proteger a los trabajadores, durante la pandemia por Coronavirus SARS-COV-2, se podrán considerar al Covid-19 riesgo de trabajo.

Se establecerán diferentes niveles de riesgo: muy alto, alto, medio o bajo, todo dependiendo de las actividades y nivel de exposición a contagios. 

El foco principal es para empleado que están “en primera línea”, es decir, que traten directamente con personas o pacientes; ya sea médicos, enfermeras, asistentes, auxiliares, etcétera.
Sin embargo, también contempla a los trabajadores con mayor riesgo de trabajo como: personal de limpieza, de farmacias, de supermercados o periodistas.

También los empleados de actividades consideradas como esenciales serán considerados como de alto riesgo.

Para poder determinar el nivel de riesgo se tendrán que tomar en cuenta las actividades y las personas con las que se tiene contacto, de esto modo se podrá identificar como riesgo de trabajo o, en caso de que no califique, darle seguimiento de acuerdo a lo que estipule la Ley Federal del Trabajo.

Otro factor que se tomará en cuenta para el trámite de Covid-19 riesgo de trabajo es que los centros de trabajo sigan los lineamientos de seguridad y salud que fueron establecidos por la Secretaría de Salud, además de que se sigan los protocolos para plazas y centros comerciales (en caso de que las oficinas o el lugar de trabajo se encuentre dentro de una).

Algo importante que debemos mencionar es que el IMSS, pese a que considerará el padecimiento como enfermedad de trabajo, se cubrirá el pago como si fuera incapacidad por riesgo de trabajo.

Es decir, tu trámite será como enfermedad de trabajo, pero debemos recordar que las enfermedades sólo se pagan por hasta el 60% de tu salario (que podría ser un porcentaje menor) y después del cuarto día de enfermedad; pero por Covid-19 se realizará el pago como si fuera por incapacidad, es decir, del 100% de tu salario y desde el primer día.

Covid-19 riesgo de trabajo: Trámite

Y si te estabas preguntando cómo obtener este documento sin tener que hacer filas, el IMSS ha puesto a disposición de los derechohabientes la opción de realizar sus trámites en línea.

En caso de presentar síntomas, es necesario utilizar las plataformas electrónicas correspondientes, como son el sitio oficial o la aplicación digital del del IMSS, donde podrás realizar un cuestionario que ayudará a determinar el nivel de incapacidad laboral (si es que procede como tal).

 ¿Cómo saber que tengo Covid-19?

Los principales síntomas (y más comunes) son:

Fiebre.
Tos seca.
Dolor de cabeza.

Y los más graves:

  • Dolor o presión en el pecho.
  • Dificultad para respirar o sensación de falta de aire.
  • Incapacidad para hablar o moverse.

Aunque también debemos tener en mente otros menos comunes:

  • Dolor de garganta.
  • Cansancio.
  • Diarrea.
  • Pérdida del sentido del gusto o del olfato.
  • Conjuntivitis.
  • Dolores y molestias.

Si presentes algunos de estos síntomas (no graves) realiza tu cuestionario para obtener tu incapacidad por riesgo de trabajo (en caso de que proceda).

Recuerda seguir las recomendaciones de sanidad para el transporte público, en tu área de trabajo y en tu hogar, además de las básicas:

  • Lavado de manos con agua y jabón.
  • Usar gel antibacterial con 70% alcohol.
  • No salir sin cubrebocas.
  • Mantener sana distancia (1.5 metros).
  • Uso de careta.

Aunque varias zonas del país ya se encuentren en semáforo naranja, debemos seguir cuidando de nuestra salud.

¿Qué opinas de esta medida? ¿Crees que la medida Covid-19 riesgo de trabajo es buena?