¿Qué hago si no recibí aguinaldo?

qué hacer si no me dan aguinaldo

La Ley Federal del Trabajo establece que el aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre. Si no lo recibiste, entonces checa lo que debes hacer.

Lo que debes recordar sobre el aguinaldo

La Ley Federal del Trabajo (LFT) señala que esta prestación debe comprender el equivalente a mínimo 15 días de salario. En caso de que no hayas laborado el año completo, tendrás que recibir la parte proporcional.

Tienes derecho a él si eres subordinado de un patrón y la relación se rige por la Ley Federal del Trabajo. Es decir que si eres trabajador de base, de confianza, de planta, sindicalizado, contratado por obra, por tiempo determinado, eventual, comisionista, agente de comercio, agente de seguros, vendedor o semejante sí te toca aguinaldo. Si trabajas por honorarios no tienes derecho a él, a menos que exista una subordinación establecida.

Recuerda que si tu relación laboral termina antes de recibir el aguinaldo, la parte proporcional que te corresponde deberá estar incluida en tu liquidación o finiquito.

Aunque existe mucha expectación respecto a recibir al menos una quincena de sueldo completa por concepto de aguinaldo, no debes olvidar que también genera impuestos. Únicamente exenta esta obligación si el monto es equivalente a 30 días de Unidades de Medida y Actualización (UMA).

Aprende a calcular tu aguinaldo con esta guía:

Aguinaldo: ¿Cuándo y cuánto te corresponde?

¿Qué hago si no me pagaron el aguinaldo?

Tienes un año a partir del 20 de diciembre para reclamar su pago. Debes acercarte a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para que te indiquen cuál sería la instancia encargada de demandar el pago de tu aguinaldo (Profedet o Procuraduría local de la defensa del trabajo), de acuerdo al tipo de actividad que desarrolla la empresa.

Si la empresa no paga el aguinaldo, lo da incompleto o después de la fecha límite estipulada, puede hacerse acreedora a una multa que puede ir desde los $4,030 hasta los $403,000

¿Tienes alguna duda específica sobre tu caso? Acércate a la Profedet para recibir asesoría. Puedes contactarlos mediante los teléfonos: 01 800 71 72 942, 01 800 91 17 877 y 59 98 20 00, o por correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx