¿Tuviste un accidente laboral? Aprende a tramitar tu incapacidad

Te explicamos el proceso de incapacidad con el IMSS y con tu empresa

 

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Si de camino al trabajo, de regreso a casa o durante tus horas laborales sufres un accidente que te impida realizar las actividades de tu puesto, deberás tramitar una incapacidad.
Sabemos que ya pensaste en el IMSS y en su burocracia, en las filas, las esperas, las personas y los médicos; pero es necesario que hagas bien todo el proceso para que cuando estés recuperándote te paguen tu sueldo al 100 %.
 

El trámite en el Seguro Social

Supongamos que vas feliz de la vida en la calle, respirando smog y exhalando paz, con una sonrisa de oreja a oreja porque es martes por la mañana y te encanta lo que haces (si no es así, deberías buscar aquí un nuevo empleo) y de repente, de la nada, sale una moto y te arrolla.
El golpe no es para enviarte al otro mundo, sin embargo tampoco es una nimiedad: puedes levantarte y medio caminar pero te duele mucho una pierna y el cuello. ¿Qué procede?
1. Primero, antes que nada, avísale a tu jefe. Será importante que lo sepa para el momento en el que llenen algunos documentos.
2. Después, acudir de inmediato a la clínica de urgencias más cercana. (Si dejas pasar unas horas y te haces el/la valiente diciendo que “no pasa nada” es probable que comiencen las dudas sobre a qué hora fue el accidente. Evítalo.) Ahí te atenderán, te valorarán y, en caso de que lo consideren necesario, te expedirán una incapacidad de 1 día.
3. A la mañana siguiente tendrás que acudir a la clínica familiar que te corresponde. Tu médico te revisará y te extenderá una incapacidad inicial de máximo 7 días naturales (es lo más que dan, en caso de que necesites guardar reposo más tiempo te entregarán hojas similares cuando vayas a nuevas consultas).
4. Te entregarán un documento como este (AVISO DE ATENCIÓN MÉDICA INICIAL Y CALIFICACIÓN DE PROBABLE RIESGO DE TRABAJO).
 


 
[Hay dos tipos de riesgos (incapacidades): riesgo de trabajo (dentro de las instalaciones de la compañía) y riesgo de trayecto (que ya sabemos cuál es). Cerciórate bien de que cuando llenen tus documentos se especifique bien qué fue lo que pasó y así evites futuros malentendidos.]
5. Luego pasarás a Medicina del Trabajo en donde te pedirán que narres la historia de lo que sucedió y que dibujes un croquis del lugar en donde tuviste el percance.
6. Pasado ese trámite y conseguido los sellos correspondientes, te entregarán tu hoja de incapacidad que deberás llevar a la ventanilla de… adivina, adivina, ajá: incapacidades.
7. A partir de ese momento tendrás que regresar a los 7 días (o los que te hayan dado) para recibir tu cheque, aunque eso no significa que ya esté liberado. Regularmente puede cobrarse 5 días hábiles después, aunque en el banco es en donde te informarán mejor.

El trámite en tu empresa

Supongamos que ya no estás feliz de la vida porque te accidentaste y te duele alguna parte de tu cuerpo o el cuerpo completo. Pero sigues de pie –bien, muy bien tú–, le avisaste a tu jefe y fuiste a la clínica de urgencias más cercana. Te atendieron, te dieron incapacidad por 1 día y te enviaron a tu clínica familiar.
1. Tendrás que ir a tu empresa a que llenen la parte correspondiente del Aviso de Atención Médica… y también a que te den una carta patronal para que puedas darte de alta en la clínica que esté más cerca de tu casa. Si trabajando para tu compañía actual ya habías hecho este trámite, omítelo; si no, será obligatorio. La buena noticia es que puedes hacerlo desde internet: https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-ciudadano-web-externo/derechohabientes/tramite/cambioClinica
2. Ya que fuiste a tu clínica familiar más cercana, cumpliste con el proceso burocrático y te dieron tus incapacidades, será momento de entregárselas a tu empresa. En muchos lugares son flexibles con este tema: a veces te dicen que puede ir un familiar a entregarlas y en ocasiones también puedes llevar los documentos cuando te hayas recuperado. Depende de cada departamento de Recursos Humanos.
Consejo 1: tómate todos los días que te dan de incapacidad. Aunque tengas muchos pendientes y ya te sientas bien, es mejor descansar y reponerte al 100 %.
Consejo 2: concluye el trámite; de no hacerlo tu empresa se verá afectada posteriormente en la prima de riesgos que debe cubrir anualmente.
Consejo 3: si te accidentas en un momento que esté fuera de tu horario laboral (jugando futbol, en la fiesta) tendrás que hacer el mismo trámite, sólo que tu incapacidad será pagada al 60 %.
Consejo 4: puedes leer todo el trámite explicado por el IMSS en este link: http://www.imss.gob.mx/tramites/imss03008
 

¿Hay algún consejo que puedas darnos sobre este tema?
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